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La actuación de la Comunidad de Regantes

4. EL SANEAMIENTO DEL DELTA DEL EBRO

4.3. La actuación de la Comunidad de Regantes

Veamos que, desde tiempos ya remotos, la Comunidad de Regantes peticionaria del presente Informe, consciente de los problemas que afectaban a las economías de sus miembros, cumplió su misión como Sindicato Agrícola imbuida del mismo espíritu que dio origen a su precursora, la Sociedad de los Prados de la Aldea, primero, y a la Comunidad después, aprobada en 1907, y que promovió la construcción del canal (RO de 9 de octubre de 1907), en la que se aprobaron las Ordenanzas y Reglamentos de la Comunidad y se le adjudicó, definitivamente, la concesión de las obras de riego con aguas procedentes del río Ebro tomadas en la azud de Xerta-Tivenys.

Pues bien, éste ha sido el leit motiv, o constante, de su actividad. De ahí que, impelida por las mismas razones que motivaron a sus fundadores, la Comunidad, al cabo de tantos años, continúa siendo víctima de la falta de limos en suspensión en las aguas del río, y que el caudal fluyente sea escaso para atender sus necesidades, y todo ello unido al aumento de la salinidad de sus tierras y aguas.

Creemos necesario, no sólo como fundamento de nuestro criterio, que se recuerde aquí y ahora la actividad de la Comunidad que, como vemos, originó todo el movimiento que culminó con el D. 3722/1972 al que volveremos a referirnos después. Ciertamente, los años 50 y 60 del pasado siglo eran momentos muy difíciles para la agricultura del Delta, que seguía viéndose mermada en el cultivo del arroz que, si por una parte sufría unos precios bajos, por otra, el comercio estaba en manos de la industria elaboradora como único

comprador de las cosechas en régimen de mercado que pudiéramos calificar de monopsonio u oligopsonio27.

Estos hechos, unidos a las variaciones que la meteorología prevalente afectaba a la producción agraria, eran la causa del desánimo que cundía en los regantes por aquellas fechas de mediados del siglo XX.

La Comunidad patentizó estas circunstancias puesto que sus miembros eran los sujetos más afectados por la escasa rentabilidad de sus cultivos. Y ello tanto por la paulatina disminución de las producciones –a causa, básicamente, de la salinización de aguas y terrenos- como por los bajos precios que se obtenían del arroz. Ya en 1961, el Sindicato propugnaba como solución el saneamiento del Delta para que se pudiese huir del monocultivo arrocero (Vid.

el Anexo nº 6).

En julio de 1963, el Sindicato presentó, en Junta General Extraordinaria, el Plan para la transformación del cultivo en el Delta Izquierdo (Vid. el Anexo nº 7). Del mismo destacamos los siguientes puntos:

a) Se contaba con el “colmateo” para aprovechar el sedimento limoso de las aguas del río; y

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87 b) La necesidad y conveniencia de disponer de caudales suficientes de

agua dulce para combatir la salinidad.

Como confirmación de cuanto venimos diciendo, recordamos que la prensa de la época reflejó la opinión pública y general que compartía estos anhelos. Así, vimos que en el Diario de Tarragona (1971) se hablaba de “los veinte años de dilatada espera” (Anexo nº 8). En el periódico La Vanguardia de Barcelona, en marzo, octubre y diciembre de 1967, se insistía en la “necesidad del saneamiento del Delta como proyecto ambicioso y necesario” (Anexos nº 9, 10 y 11). En el semanario La Voz del Bajo Ebro (1969) se insistía en “los perfiles del Plan de Saneamiento del Delta” (Anexo nº 12). De nuevo, en La Vanguardia de Barcelona (1968) se reiteraban estas aspiraciones, recogiendo el criterio del profesor D. Lucas Beltrán Ulldemolins, catedrático de Economía Política en la Universidad Central, expresado en su artículo “El proyecto de Saneamiento del delta del Ebro” que aquí destacamos, tanto por su contenido, como por la autoridad académica de su firmante (Anexo nº 13).

Con ello, dejamos reflejado el interés general ampliamente sentido por todo el Delta, cuya preocupación indujo a la Comunidad a colaborar con la Administración para buscar y encontrar las soluciones más convenientes y posibles que habían de permitir la pervivencia de la agricultura y la vida en dicha zona. Todo ello culminó en una visita del entonces Jefe del Estado, el general Francisco Franco, a Tarragona (1969) en la que el regante y miembro del Consejo Económico y Sindical del Bajo Ebro, D. José Lluch Abella, que fuera posteriormente Presidente de la Comunidad (1978-2002), expuso oralmente, en base a los gráficos y planeamiento allí expuestos, cuál era la problemática del Delta y la esperanza que se había puesto en el saneamiento como solución. Las gestiones dieron buen fruto, puesto que se creó el clima adecuado en la Administración para que se incluyeran soluciones en los II y III Planes de Desarrollo Económico y Social de España, y su plasmación vio la luz al publicarse en el BOE el D. 3722/1972, de 21 de diciembre, que anunciaba la ejecución del Saneamiento del Delta (Anexo nº 14).

De todos es conocida la expectación que despertó tal anuncio. Véase al respecto lo publicado en el semanario La Voz del Bajo Ebro en febrero 1973 (Anexo nº 15), en cuyo último párrafo se pudo leer lo que transcribimos seguidamente: “Estamos en los comienzos de un futuro previsible y esperanzador. Los cimientos han sido dados por el Decreto a modo de reconocimiento de los esfuerzos realizados por quienes, para la consecución de la mejora, han luchado. El umbral que se ha abierto es el fruto de la contribución de quienes han tenido a su cargo la acción promotora. Es un buen testimonio para entrar en la acción de futuro, al objeto de que, mediante el esfuerzo de todos, de positivos frutos el Decreto que tanto posibilita”.

No caben otras palabras más acertadas para expresar lo que sentían las gentes del Delta ante el anunciado saneamiento. Las esperanzas alcanzaban el máximo nivel, así como la satisfacción de quienes -como la Comunidad de Regantes, el Consejo Económico Sindical, la Corporación Municipal tortosina y tantos otros- habían luchado tenazmente para lograrlo.

Así, se fue desarrollando el Decreto en los términos que hemos expuesto, pero a partir de un punto sin determinar, tal como habíamos mencionado antes, se produjo un cierto desencuentro entre las Comunidades de Regantes que lo habían preconizado y los técnicos de la Administración central. Las Comunidades de Regantes del Delta ya no eran escuchadas como al principio, parecía como si la Administración prescindiese del espíritu y letra del Decreto, olvidándose de cuanto se había realizado por las Comunidades antes del Decreto que citábamos. Y así se reflejó en el informe-carta del ingeniero Sr. Franquet Bernis, también regante, que redactó en octubre de 1974 (que hemos citado ya en el curso de este Informe) en el que hizo constar ideas personales y “desinteresadas” acerca del problema, habiendo remitido una copia de su trabajo al entonces presidente del Sindicato de Riegos, D.

Ramón Navarro Crespo (Anexo nº 16).

Como corolario de lo expuesto, podemos afirmar que es cierto que hubo un anteproyecto, así como un presupuesto; que hubo pruebas y ensayos para la construcción del dique y numerosas mejoras en los caminos; que se

89 acometió la electrificación; que se financiaron las estaciones de bombeo y otras obras que hemos aludido. Pero lo único cierto y real es que, después de todo esto, el Delta se encontró con que el soñado saneamiento no se llevaba a cabo y restaba inconcluso, puesto que sin mediar aviso, toda la actividad de la Administración, encaminada a la ejecución del Decreto, se detuvo inopinadamente. Y después de tantas y tan diversas promesas y tan legalmente proclamados compromisos, el Decreto, a la postre, se quedó como siempre. Cierto, eso sí, que como decimos, con obras y trabajos complementarios, pero sin el saneamiento (drenaje o avenamiento) prometido que le había de permitir abandonar el monocultivo del arroz, cambiando su dudosa economía y los métodos de vida ancestrales.

Y para colmo de desdichas, tal situación, se agravó posteriormente cuando, a finales de la década de los años 60 del siglo pasado, iniciaron su actividad hidroeléctrica los embalses de Mequinenza y Ribaroja que, uniendo su acción al de Flix, interfirieron el curso del río aguas arriba del azud de Xerta-Tivenys, y vieron como sus efectos o daños colaterales: la regresión, la subsidencia, la salinidad, la alteración del equilibrio ecológico o la falta de caudales mínimos suficientes en la desembocadura, generaban a la Comunidad mayores dificultades al agravarse los problemas que justamente tratamos de desentrañar en el presente Informe.

Cabe poner de manifiesto, en fin, que las Comunidades de Regantes de ambos márgenes ya solicitaron, a través de la CREADE, en marzo de 1973, que se llevara a cabo, por parte de la Administración General del Estado, el revestimiento de los canales principales de ambos márgenes del río, y que dichas obras se integraran en el Proyecto general de Saneamiento del delta del Ebro que ahora nos ocupa. Esto no se consiguió hasta una década después, cuando esas obras se realizaron -con filosofía diferente- como compensación al denominado minitrasvase de hasta 4 m3/s para municipios e industrias de Tarragona, al que ya nos referimos en otros apartados del presente Informe.

Dicha petición se sustentaba, sintéticamente, en los siguientes puntos:

1) El saneamiento del Delta comportaba la necesidad de revestir los canales desde su origen en l’assut de Xerta-Tivenys por cuanto, sin dicho revestimiento, devendría incompleto el proyectado cambio de estructura, restándole eficacia.

2) El estado de los canales no permitía la modificación de riegos y cultivos para su óptimo aprovechamiento.

3) Los agricultores regantes, frente al pago que habían de efectuar de las obras calificadas de interés común y de las de interés privado, dada su descapitalización, no podían afrontar el dispendio, ni siquiera parcial, de dicho revestimiento.

4) Las obras de revestimiento de los canales principales debían ser consideradas de interés general, necesarias para la actuación del IRYDA en la zona. Su diseño, ejecución y financiación habrían de realizarse de conformidad con la legislación que, a la expresada calificación, era adecuada.

5) Si a resultas del Plan Coordinado de Obras compitiera al Ministerio de Obras Públicas la realización de alguna obra en aquellas infraestructuras hidráulicas, por aplicación analógica de la ley de 7 de julio de 1911, tendría que hacerse con arreglo a su capítulo II.

Como consecuencia de ello, la CREADE recababa la inmediata elaboración del proyecto de revestimiento de cauces y la subsiguiente adaptación de la red de riegos a las nuevas necesidades derivadas, como integrante del Plan General de Saneamiento del Delta del Ebro.

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