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oPerACIoNes De APoyo A LA ComuNIDAD NACIoNAL o De PAíses AmIGos

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Tipos de operaciones militares según medios participantes

X.5 oPerACIoNes De APoyo A LA ComuNIDAD NACIoNAL o De PAíses AmIGos

El instrumento militar, en el marco del cumplimiento de sus misiones subsidiarias, puede emplear sus capacidades en actividades de protección civil –tanto en apoyo a la comunidad nacional como a la de países amigos– ante desastres naturales y emergencias que ameriten la acción integral del Estado. Este tipo de intervenciones contribuye a la racionalidad en el empleo de los recursos y a propiciar eficientes es-tándares de interoperabilidad conjunta, conjunta-combinada y entre distintas agen-cias u organismos nacionales y extranjeros.

Capítulo X

avión Hércules de la fuerza aérea realizando tareas de abastecimiento (2009).

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Parte II

En este sentido, la participación del instrumento militar en las operaciones de pro-tección civil permite, en el plano doméstico, la optimización de las capacidades na-cionales tendientes a fomentar el bien común en sus más diversas manifestaciones (sociales, económicas, culturales, sanitarias, educativas, deportivas, etc.). En tanto, el apoyo a la comunidad de países amigos contribuye a fortalecer los procesos de inte-gración y desarrollo colectivo.

La defensa civil comprende entre sus funciones generales la de protección, entendida como el conjunto de acciones que realizan las autoridades del Estado para afrontar los efectos de la naturaleza y los producidos por intervención del hombre, a los fines de proteger la vida humana y la infraestructura pública y privada, tanto en tiempos de paz como de conflicto armado.

La defensa civil en el marco de la defensa nacional es aquella actividad que comprende las medidas y acciones no agresivas tendientes a evitar, anular o disminuir los efectos que el conflicto armado, los agentes de la naturaleza o cualquier otro desastre de otro origen puedan provocar en la población, en sus bienes o en el medioambiente. Su obje-tivo es contribuir a restablecer el ritmo normal de vida en las zonas afectadas.

En este sentido, la participación de las Fuerzas Armadas en operaciones de protec-ción civil se enmarca en la materializaprotec-ción de las misiones subsidiarias a través de tres modalidades claramente diferenciadas:

- Ayuda humanitaria: es la acción de protección civil que realizan las FF.AA. en el país en casos de emergencias, catástrofes y limitaciones sociales críticas, dirigido a proteger vidas humanas, infraestructura (pública o privada) y medioambiente.

- Asistencia humanitaria: se trata del modo de protección civil que realizan las FF.AA. para materializar apoyos federales dispuestos por el Presidente de la Na-ción. Este tipo de intervención se efectiviza ante requerimientos externos –en el contexto de Naciones Unidas– o como acción solidaria de cooperación interna-cional en casos de catástrofe. En este último supuesto, su finalidad es contribuir al fortalecimiento de las capacidades de autosuficiencia de la comunidad afecta-da por crisis o problemas endémicos, centrando sus activiafecta-dades principalmente en la asistencia alimentaria y sanitaria, y en la instalación de albergues.

- Apoyo a la comunidad: comprende las tareas que, sin mediar una emergencia, realizan las FF.AA. con la finalidad de favorecer o facilitar el desarrollo social y económico de una zona. El objetivo es contribuir a mejorar la calidad de vida y bienestar de la población.

Capítulo X

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5.1. EL instrUMEnto MiLitar En EL CUMPLiMiEnto dE Las MisionEs sUbsidiarias dE ProtECCión CiViL

La participación en operaciones de apoyo a la comunidad nacional o internacional ante catástrofes naturales constituye una misión subsidiaria del instrumento mili-tar, específicamente normado en el plexo legal de la defensa nacional. Este marco incluye el Sistema Federal de Emergencias7, normativa específica del Ministerio de Defensa8 y una serie de acuerdos internacionales. Tal participación se hace efectiva cuando los recursos ya aplicados son considerados insuficientes.

Para esos casos los organismos de la jurisdicción del Ministerio de Defensa participan de una estructura de respuesta rápida, planificada y dirigida por el poder político bajo el marco jurídico del Sistema Federal de Emergencias (SIFEM), que se activa cuando el Poder Ejecutivo declara una Emergencia Nacional. El SIFEM es el órgano nacional que articula a los organismos públicos competentes en la materia y coordina su accionar con las provincias, el gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, con el objeto de prevenir y administrar la atención de emergencias y desastres de origen natural o antropogénico. La jurisdicción Ministerio de Defensa participa a través de su titular –integrante del Gabinete de Emergencias (GADE), órgano que conduce y coordina al sistema durante una emergencia–, y con el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Ar-madas (EMCO), los estados mayores generales del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, el Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas para la Defensa (CITEDEF), el Instituto Geográfico Nacional, el Servicio Meteorológico Nacional, el Servicio de Hidrografía Naval y la Secretaría de Estrategia y Asuntos Militares como organismos de base.

Asimismo, el Ministro de Defensa y el EMCO participan de la Comisión Nacional de Moni-toreo de Emergencias y Desastres (CONAMED) junto a otras instancias nacionales (Policía Federal, Gendarmería, Prefectura Naval, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Dirección Na-cional de Emergencias Sanitarias, Dirección NaNa-cional de Emergencias Sociales, Secretaría de Medio Ambiente, Servicio de Hidrografía Naval y Servicio Meteorológico Nacional). La actividad de la CONAMED se encuentra enmarcada en la Dirección Nacional de Protección Civil, dependiente de la Subsecretaría de Seguridad del Ministerio del Interior.

Bajo estos parámetros, el EMCO asume la coordinación y conducción –a través del Co-mando Operacional– de las operaciones y actividades de protección civil en aquellos casos en que el Ministerio de Defensa o las autoridades nacionales determinen el em-pleo de las Fuerzas Armadas para satisfacer –tanto en el país como en el exterior– los requerimientos del SIFEM.

De esta forma, en el ámbito nacional, el instrumento militar participa en activi-dades de ayuda humanitaria en situaciones de emergencia o desastre natural y

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7- decreto Pen 1250/1999.

8- Resolución Md 121/2006; directiva eMCO 10/2006.

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en tareas de apoyo a la comunidad local, para favorecer el desarrollo social y eco-nómico de una zona, bajo la modalidad de esfuerzo complementario de la ayuda humanitaria. En este último caso cabe citar actividades educativas, padrinazgo de escuelas y actividades culturales y deportivas.

En el ámbito internacional, y en concordancia con el impulso a la integración regional que orienta la política exterior argentina, el instrumento militar desarrolla activida-des de protección civil en apoyo a países amigos –con o sin activación de acuerdos internacionales de cooperación– bajo la categoría de asistencia humanitaria.

Así, en lo que refiere a las actividades de protección civil, corresponde al instrumento militar el desarrollo de actividades relativas a:

- Organización de centros de operaciones de emergencia: despliegue de instala-ciones, comunicainstala-ciones, medios informáticos, seguridad y personal especialista en planeamiento y conducción.

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