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moDerNIzACIÓN De LAs FuerzAs ArmADAs (1880 a 1958)

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La constitución y articulación de todo sistema de defensa se produce dentro del marco de la estructura política de la que forma parte. En el caso

IV.4 moDerNIzACIÓN De LAs FuerzAs ArmADAs (1880 a 1958)

Electo Julio Argentino Roca presidente (1880-1886), su Ministro de Guerra, Benja-mín Victorica, elaboró un proyecto convertido en 1882 en la Ley Nº 1254 de Cuadros y Ascensos Militares que estableció las bases primarias para el desenvolvimiento de la institución militar terrestre, definiendo los grados y situaciones de revista.

Siguiendo estos lineamientos en enero de 1884 se decretó la reorganización de la Dirección General del Ejército, autorizando a los inspectores de armas a estudiar reglamentos extranjeros que pudieran servir como modelo de organización.

Fue en este período que se dio inicio a un trabajo sistemático de elaboración de doctrina. En 1886, una comisión ad hoc estudió los reglamentos franceses, belgas y prusianos, optándose por el modelo francés, a pesar de que el ejército prusiano ya era considerado el instrumento militar más moderno de su época. Cabe recordar, en este sentido, los éxitos militares de Prusia contra Austria-Hungría en Sadowa (1866) y contra Francia en Sedán (1870), que pusieron de manifiesto – entre otros factores – la superioridad del sistema de reclutamiento de tropa de cuadro-conscripto.

Sin embargo, a pesar de la importante obra realizada, la profesión militar no estaba enteramente consolidada. La carrera de las armas no era todavía una actividad ex-clusiva para los integrantes de las Fuerzas Armadas, quienes alternaban sus empleos militares con el desempeño de cargos políticos o actividades agrícolas o comerciales.

Sólo después de la Revolución de 1890, y ante la posibilidad de conflictos limítrofes, el Estado comenzó un proceso acelerado de actualización.

Como acciones inmediatas se dispuso la compra de armamentos de última

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ción, la federalización de la convocatoria de milicias en 1892 y la sanción de la Ley Nº 3190 (1894) del primer código de justicia militar. La Ley Nº 3318 de Organización del Ejército y de la Guardia Nacional (1895) estableció su integración como ejército permanente, constituido por voluntarios, contratados, destinados, y por los argentinos que en el año anterior hubieran cumplido veinte años de edad, los que serían convocados anualmente al servicio militar por el término de sesenta días y, pasado éste, transfe-ridos para revistar en la Guardia Nacional activa.

Aún cuando las citadas acciones significaron un notable avance en el proceso de moder-nización militar, a principios del siglo XX todavía restaban cambios estructurales que permitieran organizar un sistema de defensa institucionalmente sólido, una educación militar acorde al paradigma tecnológico vigente, un adecuado despliegue territorial, un sistema de reclutamiento estable y una profesionalización objetiva de la carrera.

En 1898, con la segunda llegada de Roca al gobierno y un nivel de tensión creciente con Chile, se dio mayor impulso a la modernización del aparato militar. Una nueva ley de ministerios creó los ministerios de Guerra y de Marina, independientes uno del otro, y por primera vez se estableció un escalafón diferenciado para cada una de esas fuerzas.

El coronel Pablo Ricchieri asumió como ministro de Guerra del presidente Roca en julio de 1900. Su amplia experiencia europea, particularmente su conocimiento de los ejércitos prusiano y francés, lo habilitaba para encarar la transformación estruc-tural que pretendía el Gobierno.

La Ley Nº 4031 de Organización del Ejército (1901) estableció para todo argentino va-rón la obligatoriedad del servicio militar entre los veinte y los cuarenta y cinco años de edad, con un período de incorporación de seis meses, excepto una quinta parte por dos años. La adopción del sistema de cuadro-conscripto operó en la moderniza-ción militar, cumpliendo además el pretendido objetivo de, por esta vía, integrar al país la fuerte inmigración de la época.

La Ley también estableció por primera vez una división del territorio nacional en siete jurisdicciones militares, a cada una de las cuales asignó un comando de región del que dependerían las unidades militares.

A su vez, se dispuso crear la infraestructura necesaria para sostener adecuada-mente la organización prevista. Para ello se diseñó un plan de construcción de cuarteles y alojamientos en todo el país, proyecto que involucró la compra de los campos de instrucción de Campo de Mayo y Campo de los Andes, y de los campos de remonta para proveer de caballos y de mulas a las distintas especialidades y

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Construcción de dique de carena n°2 ubicado en la Base naval Puerto Belgrano (1913)

servicios del Ejército (Ley Nº 4005 de 1901). También, simultáneamente, en Bahía Blanca –sur de la Provincia de Buenos Aires– se comenzó a construir la base de la Armada Puerto Belgrano, una medida estratégica que posibilitaba la proyección al Atlántico sur de la flota de guerra.

El diseño del nuevo Ejército promovido por el general Ricchieri se ocupó también de la formación de las instancias profesionales y de mando. Por ello, y a fin de asegurar una capacitación acorde con la evolución de la fuerza, se dispuso en 1905 que el Colegio Militar fuera la única fuente de reclutamiento de los oficiales. Dentro de su ámbito se creó la Escuela de Aplicación de Artillería e Ingenieros, antecedente de la formación de los ingenieros militares.

La creación en 1900 de la Escuela Superior de Guerra, con un director y un cuer-po de profesores mayormente alemanes, constituyó un elemento fundamental en la elevación del nivel profesional. Hacia 1905 el ascenso al grado de mayor exigía la aprobación de un examen en esta nueva escuela, en tanto a partir de 1915 el ascenso al grado de capitán ya requería un curso de un año.

Como soporte complementario en el Ejército se crearon la Escuela de Aplicación de Clases (antecesora de la Escuela de Suboficiales “Sargento Cabral”) y la Escuela de Operaciones Militares (origen de la Escuela de Mecánica del Ejército), destinadas

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Clase en los cuarteles del Regimiento 2do de artillería (1905)

a la formación de suboficiales de las armas y de los servicios respectivamente. En 1912 se crea la Escuela de Aviación Militar, embrión de la Fuerza Aérea.

Un complejo conjunto de factores políticos y económicos, locales y mundiales – sec-tores políticos desplazados desde las primeras elecciones democráticas que dieron el triunfo a Hipólito Yrigoyen en 1916, intereses económicos foráneos y los efectos locales de la gran crisis del ’29 – favoreció que fracciones militares inicialmente minoritarias, pero con inocultable participación civil, protagonizaran en 1930 un golpe de Estado por primera vez en el siglo XX, inaugurando una seguidilla de rup-turas del orden constitucional que se prolongaría por casi medio siglo.

Desde lo específico, en este período las Fuerzas Armadas llevaron adelante una profunda reestructuración para adaptarse a las enseñanzas de la Segunda Guerra Mundial. La creación de la Fuerza Aérea (1944), de las Tropas Mecanizadas (1945), de las Tropas Paracaidistas (1944) y de la Infantería de Marina permitió adquirir capacidades militares a la vanguardia de la región.

En septiembre de 1948 se sancionó la Ley Nº 13234 sobre organización general de la Nación para tiempo de guerra, que incluyó la regulación de los órganos superio-res de conducción, la movilización y la defensa civil, y la creación del Estado Mayor de Coordinación, antecedente del actual Estado Mayor Conjunto.

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IV.5 CreACIÓN DeL mINIsterIo De DeFeNsA y DoCtrINA De seGurIDAD NACIoNAL (1958 a 1983)

En 1958 se creó el Ministerio de Defensa, reestructuración fundada en un criterio moderno de relaciones civilmilitares que mediatizó la inserción militar en la es-tructura del Estado con una figura civil que, por primera vez, se interpuso entre el jefe del Estado y los mandos de las Fuerzas Armadas.

Si bien este Ministerio de Defensa tuvo como antecedente uno homónimo que funcionó entre 1949 y 1954, se debe aclarar que aquella “Secretaría de Estado de la Defensa” había sido constituida como un órgano de planeamiento, continuidad del Consejo Nacional de Posguerra, y que no tenía precedencia alguna con respecto a las Fuerzas Armadas.

Del mismo modo que en otras naciones latinoamericanas, la llamada Guerra Fría tuvo desde mediados de la década de 1950 un profundo impacto en las ideas y la estructuración del sistema de defensa argentino, alcanzando su mayor desarrollo a partir de los cursos dictados por oficiales franceses en la Escuela Superior de Guerra.

La primera expresión de esta transformación puede identificarse con el denominado

“Plan Conintes” (Plan de Conmoción Interna del Estado) de 1959. En ese contexto, aunque la Doctrina de la Defensa Nacional (DDN) siguió rigiendo en un plano for-mal – con el objeto de ordenar el despliegue territorial, calcular las necesidades de oficiales y suboficiales, renovar materiales y calcular el presupuesto –, el concepto de

“defensa nacional” cayó en desuso para prevalecer el de “seguridad nacional”.

Así, en el marco de la Doctrina de la Seguridad Nacional (DSN) las Fuerzas Armadas sostuvieron las hipótesis de guerra permanente en distintos frentes. Progresivamente, la misión de defender la soberanía y la integridad territorial de la Nación fue perdiendo

La contribución al desarrollo científico e industrial

la Primera Guerra Mundial había puesto en evidencia la vulnerabilidad propia de cualquier país dependiente de la importación de bienes industrializados y clarificado que la seguridad nacional no se asentaba solo en la cantidad de cañones o barcos que se podían disponer, sino también, en la capacidad de producirlos y sostenerlos durante un con-flicto bélico prolongado.

el pensamiento estratégico de la época – influido por las ideas del teórico alemán del siglo XIX Von der Goltz, quien concebía a la guerra como “el conjunto de los recursos morales y materiales de la nación”–, indujo a los gobernantes argentinos a alentar la producción nacional de insumos básicos para el desarrollo económico del país.

la industria del petróleo, la siderurgia y la industria pesada en general, así como el progreso tecnológico de punta, encontrarán en los preparativos bélicos un impulso decisivo, tal como se desarrolla en el capítulo XVII .

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Vista de la Fábrica Militar de Aviones, finales de la década de 1940.

El Presidente Juan Domingo Perón inaugurando obras de infraestructura petrolera.

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Capítulo iV Parte II

predominancia y, en cambio, fue ganando espacio la de ocuparse de las “fron-teras ideológicas”, identificando a opositores políticos a un determinado orden socio-económico como “enemigo ideológico interno”. Primó, entonces, en la es-fera externa, la participación de la Argentina en el esquema de seguridad hemis-férico conducido por Estados Unidos, y en la interna, la persecución de grupos opositores internos.

Su expresión más dramática fue el terrorismo de Estado implementado a partir del golpe del 24 de marzo de 1976, constituyendo la etapa de mayor degradación histó-rica de las Fuerzas Armadas.

La consolidación entre 1930 y 1983 de un modelo militar políticamente autónomo y organizacionalmente fragmentado derivó en la coexistencia de fuerzas armadas independientes, con doctrinas diferentes, equipamientos incompatibles y sin pará-metros de adiestramiento y operación conjunta.

Esta autonomía operativa y logística se reflejó en la derrota militar en la Guerra de Mal-vinas (1982), donde fueron evidentes las deficiencias en la acción conjunta. Aun con el valor desplegado por las fracciones combatientes, el fracaso militar en la guerra del At-lántico Sur puso en evidencia las consecuencias en las Fuerzas Armadas de largos años de dedicación a la política, mostrando que ello redundó en una creciente desprofesiona-lización. Asimismo, el resultado de la guerra dejó a las claras los errores cometidos en la conducción del conflicto en los niveles estratégico nacional y militar.

IV.6 LA restAurACIÓN DemoCrÁtICA y trANsFormACIÓN DeL sIstemA De DeFeNsA (1983 a 2010)

Este último período tuvo inicio con la asunción del presidente Raúl Alfonsín en di-ciembre de 1983, y trajo consigo la desaparición de los Comandos en Jefe de las Fuer-zas Armadas, la jerarquización formal del Estado Mayor Conjunto y la desmilitariza-ción de la seguridad interior.

En 1988 la Ley de Defensa Nacional1 concluyó con la vigencia de las doctrinas de se-guridad nacional y de fronteras ideológicas en los planos doctrinario y organizativo, delimitando el concepto de defensa nacional a la preparación y respuesta ante agre-siones militares estatales externas y sin competencia en las cuestiones de la seguri-dad interior, fortaleciendo la autoriseguri-dad de conducción de la defensa nacional y de las Fuerzas Armadas en la cabeza del Presidente de la Nación y del Ministerio de Defensa, reforzando el rol del Estado Mayor Conjunto y estableciendo normas conducentes a la implementación de una única dirección en la conducción militar.

1- ley nº 23.554 de defensa nacional.

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En lo que se refiere a los crímenes de la dictadura militar (1976-1983) se impulsó la investigación de las violaciones a los derechos humanos a través de la creación de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP)2 y la promoción del juzgamiento de los integrantes de las Juntas Militares. El conocido como “Juicio a las Juntas” comenzó en octubre de 19843 y dictó sentencia en diciembre 1985 condenando a los máximos responsables4, hito histórico a nivel mundial.

Un año después, en diciembre de 1986, producto de la creciente presión de sectores cas-trenses y con el objetivo de declarar extinguido todo proceso penal por violación a los derechos humanos durante la dictadura, se sancionó la llamada Ley Nº 23.492 de Punto Final. Aún así, en abril de 1987, se produce una sublevación militar que da inicio a una serie de insubordinaciones. En junio del mismo año el Poder Ejecutivo y las mayorías parlamentarias acuerdan la sanción de una norma más en procura de evitar la continui-dad de los conflictos, la Ley de Obediencia Debida, que consideraba no punibles los actos realizados en acatamiento de órdenes superiores, una nueva limitación a las investiga-ciones y determinación de responsabilidades por las violainvestiga-ciones de derechos humanos.

Luego, los dos períodos en ejercicio del presidente Carlos Menem (1989-1999) se carac-terizaron por el congelamiento presupuestario y el inicio de privatizaciones

compul-acto de asunción del Presidente Raúl alfonsín, 12 de diciembre de 1983.

2- decreto nº 187/1983 Creación de la Comisión nacional sobre la desapari-ción de Personas.

3- Cuando la entonces Cámara nacional de apelaciones en lo Criminal y Correc-cional federal de la Capital federal tomó a su cargo la causa iniciada por orden presidencial en la todavía existente Justicia Militar y demorada injustificadamente.

4- la Justicia condenó a Jorge Rafael Videla y emilio eduardo Massera a reclu-sión perpetua, a Roberto eduardo Viola a diecisiete años de prireclu-sión, a arman-do lambruschini a ocho y a Orlanarman-do Ramón agosti a cuatro.

5- ley nacional 24.045 de 1991. apruébase la declaración de “sujetas a privatiza-ciones” efectuada por el decreto 1398/90 respecto de entidades que operan en el ámbito del Ministerio de defensa: astilleros y fábricas navales del estado so-ciedad anónima. Hierro Patagónico de sierra Grande soso-ciedad anónima Minera, astillero Ministro Manuel domecq García sociedad anónima, sidinox sociedad

anónima Industrial y Comercial, satecna sociedad anónima para el desarrollo de la Tecnología acuática, Petroquímica General Mosconi sociedad anónima In-dustrial y Comercial, sociedad Mixta siderúrgica argentina, Petroquímica Bahía Blanca sociedad anónima Industrial y Comercial, Tanque argentino Mediano sociedad del estado, empresa de desarrollos especiales sociedad anónima, sis-teval sociedad anónima, fábrica Militar General san Martín, fábrica Militar de Vainas y Conductores eléctricos (eCa), fábrica Militar de acido sulfúrico, fábrica Militar Pilar, fábrica Militar de Tolueno sintético, fábrica Militar de armas Portáti-les domingo Matheu, fábrica Militar fray luis Beltrán, fábrica Militar de Pólvoras y explosivos Villa María, fábrica Militar Río Tercero, fábrica Militar san francis-co, administración Comirsa, Complejo Industrial Ramallo - san nicolás, Centro de exploración Geológico Minero, fábrica Militar de Pólvoras y explosivos azul, Tecnología aeroespacial sociedad anónima, Área Material Córdoba.

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sivas en el sector.5 En paralelo, se impulsaron avances fundados en el consenso de los principales sectores parlamentarios. El Congreso Nacional aprobó la Ley de Seguridad Interior (1992)6, luego la del Servicio Militar Voluntario (1994)7 y más tarde las de Rees-tructuración de las Fuerzas Armadas (1998)8 y la de Inteligencia Nacional (2001)9. Desde el retorno de la democracia, y particularmente durante la última década del siglo XX y la primera del siglo XXI, se registraron una serie de acontecimientos, tanto en el ámbito internacional como en el doméstico, que derivaron en la desarticulación de los parámetros centrales en torno a los cuales se habían organizado las instituciones castrenses argentinas.

En el plano interno, si bien la derrota en la Guerra de Malvinas produjo una transición

“por colapso” hacia el régimen democrático (no negociada entre las salientes autori-dades dictatoriales y el nuevo gobierno constitucional), fue evidente la persistencia de enclaves autoritarios. Este tipo de resabio quedó expuesto en las acciones de algunos militares –en actividad o en retiro– y de ciertos sectores de la sociedad que procuraron que la transición no dejara de tener obstáculos. Esta resistencia alcanzó su máxima ex-presión con las sublevaciones “carapintadas” en 1987, en 1988 en dos oportunidades y finalmente en 1990, resultando de la exitosa represión de esta última la consolidación definitiva de la conducción política del instrumento militar.

En el plano externo, el fin de la Guerra Fría y el surgimiento de una dinámica de disten-sión, cooperación e integración político-económica entre los Estados de la región (particu-larmente del Cono Sur) modificaron los pilares sobre los que se habían erigido las relacio-nes entre sus Fuerzas Armadas, en particular desde la segunda mitad del siglo veinte. La primera adaptación del sistema de defensa a estos cambios estuvo dada por la construc-ción de un sólido consenso político en torno al propio concepto de defensa: a su relaconstruc-ción y diferencia con la seguridad interior, a la función de las Fuerzas Armadas como Instrumen-to Militar de la Defensa y al esquema administrativo-funcional de Instrumen-toma de decisiones.

Las bases que sustentaron este proceso en el marco del Estado de derecho, tanto y prin-cipalmente en lo que atañe al gobierno civil o conducción política de la defensa como también a la delimitación precisa de funciones y responsabilidades de todos los inte-grantes del sistema, fueron plasmadas en un cuerpo normativo orgánico y sistémico.

El consenso político y social cristalizado a partir de 1983 y sostenido hasta la actua-lidad fue el fundamento último de las redefiniciones del Sistema de Defensa Nacio-nal, a partir de tres principios liminares: a) la plena subordinación de las Fuerzas Armadas a las autoridades constitucionales civiles; b) el ejercicio activo del gobierno civil de la política de defensa, y c) la separación orgánico-funcional entre defensa na-cional y seguridad interior. Estos nuevos ordenamientos se dirigieron a garantizar el

6- ley nº 24.059 de seguridad Interior de 1992.

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ejercicio de la autoridad civil sobre las instituciones militares; la restricción del que-hacer de las Fuerzas Armadas a la esfera estrictamente profesional y, por lo tanto, su no intervención en asuntos políticos internos; la regulación desde una perspectiva restrictiva de la participación militar en seguridad interior; y el apuntalamiento de una organización y acción militar de base conjunta.

En este contexto, el sistema de defensa comenzó un proceso de re-institucionaliza-ción; y las instituciones militares uno de profesionalización. Los resultados de tales procesos se han visto reflejados en la progresiva construcción en Argentina de ade-cuadas relaciones civiles-militares, basadas en el ejercicio por parte de las autorida-des constitucionales del gobierno político de la defensa.

La conducción política de la defensa, el accionar militar conjunto y la búsqueda de la eficiencia y la eficacia que surgen del ya referido marco jurídico, se han visto

La conducción política de la defensa, el accionar militar conjunto y la búsqueda de la eficiencia y la eficacia que surgen del ya referido marco jurídico, se han visto

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