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DEBATE ACTUAL

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El debate sobre el tema de la JT en Colombia tiene su origen en la promulgación de la ley 975 de 2005, más concretamente en la modulación que hizo la Corte Constitucional de esa Ley (Sentencia C-370 de 2006) que, como se vio, sirvió de marco normativo para la desmovilización de los grupos paramilitares pero también de sustento para el surgimiento oficial de la discusión en el país sobre la JT.

628 Discurso de las FARC en la instalación de la mesa de diálogos, Nuestro sueño, la paz con justicia social y soberanía, 19 de octubre de 2012, disponible en: https://anncol.eu/index.php/colombia/insurgencia/farc-ep/444-anncol-presenta-el-texto-completo-del-discurso-del-comandante-ivan-marquez-de-las-farc-ep-en-la-instalacion-la-mesa-de-dialogo-en-oslo

629 Ver video, “El quizás, quizás, quizás de las FARC a las víctimas, disponible en:

http://www.noticiascaracol.com/tecnologia/video-299996-el-quizas-quizas-quizas-de-farc-a-victimas-se-hace-viral

630 Ver artículo, “Las FARC con la piel de oveja”, disponible en: http://m.semana.com/nacion/articulo/las-farc-piel-oveja/265175-3

A partir de ese momento y con ocasión de los cambios normativos que se han impulsado desde ese marco normativo, se han esgrimido todo tipo de argumentos desde diferentes sectores frente a la JT, que para efectos prácticos pueden agruparse en dos grandes aspectos: 1. la discusión sobre la interpretación teórica y los usos prácticos de la JT en el país que tiene tres ejes de análisis: el discurso, el contexto y el modelo de JT; y 2. la discusión sobre la viabilidad y conveniencia del Marco Jurídico para la Paz (MJP) dentro de las que se distinguen cuatro posturas principalmente:

una minimalista, una maximalista, una de desconocimiento y rechazo total, y otra centrada en su alance.

1. Interpretación teórica y usos prácticos de la JT El Contexto

Con relación al contexto, lo primero que se suele advertir es hasta qué punto es válido hablar de JT en un país en el que no se ha dado una transición real debido a la persistencia de la violencia. Al respecto Rodrigo Uprimny y María Paula Saffon, han señalado que si bien la ley 975 en su versión final adoptó mecanismos de JT propiamente dichos, la desmovilización de los grupos paramilitares a la que en últimas condujo no solo no termino con este fenómeno sino que no devino en la finalización del conflicto precisamente porque este tiene características específicas que lo hacen diferentes y muy complejo. Algunas de estas características se relacionan por ejemplo con el hecho de que los paramilitares eran solo uno de los tantos actores involucrados631. En ese orden de ideas, según Uprimny y Saffon, resulta entonces inapropiado, impreciso y por demás paradójico hablar de un tipo de justicia de transición donde realmente no se ha podido concretar dicha transición del conflicto a la paz632.

Desde el punto de vista de Alejandro Aponte, a esto se suma el hecho de que pese a la evidente persistencia del conflicto, se aplican, en un acto contradictorio, herramientas de JT reconocidas oficialmente por las autoridades políticas y judiciales como es el caso de la ley 975, haciendo de esta experiencia un caso sui generis en la materia633. Según Aponte, este simple debate ya de por sí hace único y atípico el caso colombiano y por eso más allá de interpretar la JT a partir de cómo lidiar con las atrocidades del pasado, lo correcto es reflexionar acerca de los mecanismos que se han ido adoptando para enfrentar un presente conflictivo para este caso en particular. A estas opiniones podría agregarse la de Pablo de Greiff en el sentido de que en el país se adelanta un proceso complejo con instrumentos de justicia internacional sin que esto signifique per se que se trate de un proceso de justicia transicional propiamente dicho634.

El discurso

Otro elemento que ha caracterizado la discusión y que está relacionado con el anterior tiene que ver con la manipulación del discurso de la JT en función de intereses particulares por parte de diferentes actores. Como le señalan Uprimny y Saffon es incorrecto hablar de JT en un escenario donde no ha tenido lugar un proceso transicional pero a pesar de eso, en la práctica en el país el uso del lenguaje de la JT se ha venido difundiendo ampliamente pasando, según lo plantea Felipe

631 Uprimny, Rodrigo y Saffon María Paula, “Usos y abusos de la Justicia Transicional en Colombia”, en: De Greiff, Pablo, De la Calle, Humberto, Mendoza A, Plinio, Saffon, M. Paula y Uprimny, Rodrigo, Justicia y Paz ¿Cuál es el precio que debemos pagar?, Fundación Seguridad y Democracia, 2009, pp. 166-173.

632 Ibíd., p. 174.

633 Aponte, Alejandro, “Colombia: un caso sui generis en el marco de la justicia transición”, en: Revista Colombiana de Derecho Internacional, edición especial, Nº 12, 2008., pp. 397-399.

634Intervención de Pablo de Greiff en la Conferencia Transicional sobre Justicia Transicional: “El legado de la verdad:

impacto de la justicia transicional en la construcción de la democracia en América Latina”, realizado en Bogotá, Colombia en junio de 2007.

Gómez Isa, de una actitud reticente como ocurrió al comienzo del proceso de justicia y paz en el que ni los paramilitares ni el mismo gobierno estaban de acuerdo con la adopción de mecanismos de este tipo (abogaban por instrumentos de perdón y olvido en favor de la paz desconociendo los derechos de las víctimas), a un discurso de respaldo total por ambas partes del logro un equilibrio entre las necesidades de paz y las exigencias de justicia635.

Del lado de las víctimas paso algo similar según Uprimny y Saffon, pues aunque en principio se negaba que en Colombia se estuviera dando una transición, con la aprobación de la LJP se sirvieron de manera contradictoria del lenguaje de la JT para criticarla aduciendo que se trataba de una forma de impunidad disfrazada, y pese a que inicialmente se negaron a aceptar arreglos que pudieran beneficiar a sus victimarios, terminaron admitiendo que solo así podría alcanzarse la paz636. Los defensores del marco normativo en cambio, señala Felipe Gómez, la exaltaban como algo necesario y bien intencionado ajustado a las complejidades del conflicto, y en muchos casos incluso sostenían que las criticas hacían parte de una guerra jurídica orquestada por las organizaciones de víctimas y los grupos armados ilegales, con lo cual de alguna forma el discurso pasaba a formar parte de la misma dinámica del conflicto637.

Para Uprimny y Saffon, a pesar de las diferencias entre los distintos actores frente a la interpretación de la JT, al final todos terminaron coincidiendo en el uso de su lenguaje. El problema es que esta coincidencia no se gestó a partir de un consenso sino de posiciones divergentes motivadas por intereses particulares638. En palabras de Delphine Lacombe, se trata de una suerte de “lucha epistémica” desarrollada a partir de un “consenso ambiguo” en el que las partes construyen sus argumentos desde valores consensuales universales (verdad, justicia y reparación) pero dándoles una interpretación disímil para adaptarlas a situaciones políticas y culturales específicas639. Estas luchas, según Lacombe, se han visto reforzadas por las presiones provenientes de estructuras de poder internacionales o nacionales con vínculos internacionales (ONG’s de derechos humanos, agencias de cooperación, sistemas regionales de protección y promoción de los derechos humanos, partidos políticos etc.) para influir en la definición de las normas y mecanismos de JT, y también por las dinámicas del conflicto en el que el Estado forma parte activa como defensor del estatus quo y en consecuencia de los instrumentos de JT640. Para Uprimny y Saffon esto en últimas deja entrever que puede haber varios usos del lenguaje de la JT, que el contenido de la misma admite cierto margen de flexibilidad para interpretarlo o incluso manipularlo respondiendo a intereses muchas veces contradictorios que conducen a una competición estratégica para imponer determinada visión sobre otra(s)641. Según estos expertos, en Colombia se pueden distinguir al menos dos usos del discurso de la JT: el uso manipulador y el uso democrático.

El primero hace referencia al uso del lenguaje de la JT como instrumento retórico con el que se busca un efecto simbólico más que una transformación material real, es decir con el que se privilegia la impunidad como medio más fácil para alcanzar la paz en detrimento de los derechos

635 Gómez Isa, Felipe, “Retos de la Justicia Transicional en contextos no transicionales: el caso de Colombia”, en: Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ), Transiciones en contienda. Dilemas de las justicia transicional en Colombia y en la experiencia comparada. 2010, pp.. 192-193.

636 Uprimny, Rodrigo y Saffon María Paula, 2009, Op Cit., p. 178-181.

637 Gómez Isa, Felipe, 2010, Op Cit., p. 196.

638 Uprimny, Rodrigo y Saffon María Paula, 2009, Op Cit., p. 179.

639 Lacombe, Delphine, “Una paz conflictiva: luchas epistémicas en torno a la definición de justicia transicional en Colombia”, en: en: Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ), Transiciones en contienda. Dilemas de las justicia transicional en Colombia y en la experiencia comparada. 2010, pp. 214-215.

640 Ibíd., pp. 216-219.

641 Uprimny, Rodrigo y Saffon María Paula, 2009, Op Cit., pp. 184-185.

de las víctimas642. El segundo tiene un carácter emancipador y busca en contraposición con el anterior luchar contra la impunidad reclamando la aplicación material de mecanismos orientados a satisfacer eficazmente los derechos de las víctimas643. La existencia de esta tipología en el caso colombiano estaría demostrada en el marco del proceso de Justicia y Paz por la paradoja que entraña el hecho de que en un contexto no transicional todos los actores políticos como el gobierno y los paramilitares (uso manipulador) o como las organizaciones de víctimas, las altas cortes entre otros (uso democrático) hagan uso del lenguaje pese a sus intereses opuestos644.

El modelo

Como se examinó en la sección sobre la experiencia nacional, desde la ley de Justicia y Paz hasta hoy se ha venido configurando un amplio marco normativo de JT frente al cual se han expresado todo tipo de opiniones. Al margen de esas discusiones jurídicas por lo general densas y muy complejas, resulta interesante revisar lo que se dice hoy frente al modelo de JT más adecuado a la luz del proceso de negociación entre el Gobierno Nacional y las FARC.

En ese sentido, cabe señalar la postura defendida por el presidente de la República, Juan Manuel Santos, en el sentido de que las graves violaciones a los derechos humanos deben ser abordadas a través de una estrategia integral de carácter excepcional645, y que el caso colombiano debe ser entendido como el de un país en conflicto que está buscando transitar a un escenario de paz para lo cual es necesario contar con el apoyo de las instancias internacionales de protección de derechos humanos y una actitud más flexible en aras de lograr ese cometido646. De acuerdo con Santos la justicia no puede ser un obstáculo para la paz y por eso es preciso dejar a un lado posiciones fundamentalistas y rígidas aunque ha advertido que lo primordial es empoderar a las víctimas y por eso su gobierno está comprometido con el cumplimiento de las obligaciones internacionales en la materia647. Asimismo, el jefe de Estado ha reiterado que los miembros de las Fuerzas Militares también podrán beneficiarse de las medidas y decisiones relativas a la Justicia Transicional que se adopten en el marco de una proceso de paz648.

En esa misma línea, el jefe negociador de la delegación del gobierno presente en la mesa de negociación con las FARC, Humberto De la Calle, ha aseverado que la aplicación de los principios de la JT tendrá como premisa la defensa de los derechos de las víctimas y el respeto por los compromisos internacionales que tiene el país frente a los DD.HH.. De la Calle, ha señalado que lejos de sacrificar un valor por otro, se debe buscar un equilibrio y que lo importante no es lo que el Estado esté dispuesto a aceptar sino como las FARC asumen la cuestión de las víctimas y sus

642 Ibíd., p. 187.

643 Ibíd., pp. 188-189

644 Ibíd., pp. 191-204.

645 Ver artículo, “OEA entiende que la justicia transicional es un tema difícil para el proceso de paz”, disponible en:

http://www.elespectador.com/noticias/paz/oea-entiende-justicia-transicional-un-tema-dificil-el-p-articulo-462101

646 Ver artículo, “Santos aboga por justicia transicional para Colombia dentro del sistema IDH”, disponible en:

http://www.lavanguardia.com/politica/20131203/54395801272/santos-aboga-por-justicia-transicional-para-colombia-dentro-de-sistema-idh.html

647 Ibíd.

648 Ver artículo, “Militares podrás acogerse a Justicia Transicional”, disponible en:

http://www.elespectador.com/noticias/politica/militares-podran-acogerse-justicia-transicional-articulo-463824

derechos649. De la Calle ha insistido en que “la JT no es un acto de resignación y concesiones a los victimarios, sino una oportunidad para hacer frente a un legado de gravísimas violaciones a los derechos humanos y arraigar el Estado de Derecho en todo el territorio”650.

En opinión del Alto Comisionado para la Paz, Sergio Jaramillo, la JT es un componente fundamental dentro del proceso de reconstrucción social e institucional en el que debe buscarse la ponderación de los derechos tanto de las víctimas directas y de los demás habitantes del territorio como de los ex combatientes, pensando, antes de investigar y castigar medio siglo de guerra, en la prevención de futuras violaciones y amenazas651. Según Jaramillo no se trata de beneficiar a los unos sobre los otros, o de reducir la fin de la guerra a la dicotomía de sí los responsables van o no a la cárcel, sino de hacer justicia de manera amplia sobre el territorio satisfaciendo lo mejor posible los derechos de las víctimas y sancionando a los máximos responsables en el marco de los compromisos internacionales652.

Como es natural, las FARC tampoco han sido ajenas a esta discusión. Aunque históricamente la organización ha negado haber cometido daños a la población civil, poco a poco y con ocasión del proceso de negociación que está en curso, han ido dando muestras de aceptar esa realidad pero con algunos matices. En principio las declaraciones entregadas por algunos voceros del grupo armado en la mesa de diálogos daban cuenta de que no estaban dispuestos a pedir perdón, que lejos de ser victimarios fueron ellos las primeras víctimas y que no aceptaran imputaciones que los obligue a auto incriminarse por algo que en lo que el Estado también tiene gran responsabilidad653.

Según las FARC nunca ha habido un plan para atacar a la población civil sino efectos colaterales de acciones armadas que pudieron afectar personas hecho por el cual responderán eventualmente654. Para los delegados del grupo guerrillero el otorgamiento de algún tipo de perdón estará sujeto a que lo propio se ha hecho por todas las partes involucradas en el conflicto, incluyendo al Estado y gobiernos extranjeros como el de Estados Unidos.

Bajo esa lógica han propuesto en repetidas oportunidades la conformación de una Comisión de revisión y esclarecimiento de la verdad de la historia del conflicto interno colombiano, que se encargue de establecer las causas del conflicto y las responsabilidades de todas las partes involucradas en este como una condición necesaria para poder abordar el tema de las víctimas incluido en la agenda de negociación655. Alias “Iván Márquez” jefe del equipo negociador de ese grupo sentenció recientemente que sin una comisión de la verdad que determine el origen de la confrontación el proceso de paz es inocuo656.

649 Ver artículo, “Crece debate por alcance de justicia transicional a FARC”, disponible en:

http://www.eluniversal.com.co/colombia/crece-debate-por-alcance-de-justicia-transicional-farc-141607

650 De la Calle, Humberto, ““Todo lo que debería saber sobre el proceso de paz”, p. 15.

651 Jaramillo, Sergio, “Todo lo que debería saber sobre el proceso de paz”, p. 7.

652 Ibíd., pp. 7-8.

653 Ver artículo, “Víctimas, verdad, justicia y reparación”, disponible en: http://www.verdadabierta.com/victimas-verdad-justicia-y-reparacion

654 Ibíd.

655 Comunicado de la delegación de paz de las FARC-EP. “Las FARC insisten en esclarecimiento de la verdad histórica del conflicto colombiano”, disponible en: http://www.pazfarc-ep.org/index.php/noticias-comunicados-documentos-farc-

ep/delegacion-de-paz-farc-ep/1831-farc-ep-insiste-en-esclarecimiento-de-la-verdad-historica-del-conflicto-colombiano.html

656 Ver artículo, “Una vez más FARC piden comisión de la verdad”, disponible en:

http://www.elcolombiano.com/BancoConocimiento/U/una_vez_mas_farc_pide_comision_de_la_verdad/una_vez_mas _farc_pide_comision_de_la_verdad.asp

En ese sentido, aunque la delegación de la guerrilla ha reconocido el trabajo hecho por el CMH que dio como resultado la publicación de su informe general sobre la historia de la confrontación, han señalado que el documento debe ser revisado y complementado por una comisión independiente conformada por expertos extranjeros y nacionales para tener insumos útiles que sirvan de sustento para discutir los derechos de las víctimas657, especialmente en relación a la reparación, tema en el que consideran que se debe ir avanzando658. En sus declaraciones las FARC han hecho claridad en que la comisión de esclarecimiento que proponen no es igual a la comisión de la verdad sugerida por el gobierno para después de un acuerdo de paz -y con la que de hecho estarían de acuerdo-, sino un organismo que permita primero entender como sucedieron lo hechos y de esa manera poder abordar el tema de las víctimas para luego sí revisar todos los hechos en conjunto al final del proceso en el marco de una comisión de la verdad659.

Del lado de las víctimas las voces también se han hecho oír. Para algunos de sus representantes como Amparo Mejía, presidenta de la Corporación de madres de la Candelaria, han pedido que lejos de reconocer a sus víctimas, las FARC se sometan a un mínimo de justicia conforme a las obligaciones internacionales; que el perdón no lo tienen que dar los guerrilleros, sino sus víctimas por las atrocidades cometidas por esa organización insurgente; pero sobre todo que haya verdad acerca de lo que ocurrió660. Por su parte el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE) se han pronunciado para exigir que tanto el Estado como los grupos armados de oposición reconozcan su responsabilidad en las violaciones a los DD.HH. de miles de personas, que las víctimas tengan participación directa en la discusión de sus derechos; que se conforme una comisión de la verdad que analice las causas del conflicto y establezca responsabilidades y la reformulación de la ley de victimas así como la sanción de todos los responsables de crímenes atroces661. El representante a la Cámara, Iván Cepeda, también ha expresado opiniones frente a este tema, señalando que aunque la discusión del modelo corresponderá a los delegados de las partes en la meda de conversaciones, cualquier decisión debe ceñirse a la justicia penal internacional pero buscando “soluciones imaginativas” para lograr un balance para que haya justicia y sanción pero sin que vayan a la cárcel quienes se acojan al proceso de paz y alrededor de este tipo de ideas se tienen que empezar a generar consensos nacionales662.

Una encuesta realizada en 2012 por el CMH a cerca de 1.843 personas entre víctimas y no víctimas del conflicto, da cuenta de algunas de las percepciones que tienen frente al alcance de la JT.

Una encuesta realizada en 2012 por el CMH a cerca de 1.843 personas entre víctimas y no víctimas del conflicto, da cuenta de algunas de las percepciones que tienen frente al alcance de la JT.

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