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La Cooperación belgaal Desarrollo en el ámbito de la salud sexual y reproductiva y los derechos conexos

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Definiciones

Salud sexual: un estado de bienestar físico, emocional,mental y social relacionado con la sexualidad que no es meramente la ausencia de enfermedad, disfunción o malestar e incluye un acercamiento positivo y respetuoso hacia la sexualidad y las relaciones sexuales, así como la posibilidad de tener experiencias sexuales seguras y placenteras, libres de coerción, discriminación y violencia (definicion de trabajo OMS).

Salud reproductiva: un estado general de bienestar físico, mental y social, y no de mera ausencia de enfermedades of dolencias, en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo y sus funciones y procesos.

En consecuencia, la salud reproductiva entraña la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos y de procrear, y la libertad para decidir hacerlo o no hacerlo, cuáando y con qué frecuencia (CIPD art. 7.2).

Derechos sexuales: incluyen los derechos de cada persona, independientemente de su orientación sexual y sin coacción, discriminación ni violencia, a:

• alcanzar el nivel más elevado posible de salud en relación con la sexualidad, incluido el acceso a servicios de atención de la salud sexual y reproductiva,

• buscar, recibir e impartir información sobre la sexualidad,

• recibir educación sexual,

• que se respete su integridad física,

• elegir pareja,

• decidir si ser o no sexualmente activa,

• mantener relaciones sexuales de mutuo acuerdo,

• contraer matrimonio de mutuo acuerdo,

• decidir si tener o no hijos y cuándo,

• llevar una vida sexual satisfactoria, segura y placentera.

(definición de trabajo OMS) Derechos reproductivos:

1. El derecho de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre éstos y a disponer de la información y de los medios para ello (CIPD art. 7.3).

2. El derecho de hombres y mujeres de estar informados y tener acceso a métodos de regulación de la fertilidad de su preferencia que sean seguros, eficaces, asequibles y aceptables, y el derecho a acceder a servicios de salud adecuados que permitan a la mujer llevar a término su embarazo y dar a luz de forma segura. (CIPD art. 7.2).

El derecho de la mujer a ser libre y autónoma en sus decisiones sobre su propia sexualidad, incluyendo las decisiones sobre su salud sexual y reproductiva sin sufrir ninguna forma de discriminación, coerción ni violencia (Bejing Plataforma de Acción art. 96).

La Cooperación belga al Desarrollo en el ámbito de la salud sexual y

reproductiva y

los derechos conexos

Folleto elaborado por el Grupo de trabajo SDSR de Be-cause Health.

Servicio Público Federal de Asuntos Exteriores, Comercio Exterior y Cooperación al Desarrollo

Dirección general para la cooperacíon al desarrollo y ayuda humanitaria Rue des Petits Carmes, 15

1000 Bruselas Bélgica Tel. +32 2 501 81 11 www.diplomatie.belgium.be

www.dg-d.be

Editor responsable: Dirk Achten, Rue des Petits Carmes 15 - 1000 Bruselas

Octubre 2012

REINO DE BÉLGICA SERVICIO PÚBLICO FEDERAL DE ASUNTOS EXTERIORES, COMERCIO EXTERIOR Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

Respuesta Internacional

• En la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (Cairo, 1994) y la Conferencia sobre los Derechos de la Mujer (Beijing, 1995), el derecho a la salud sexual y reproductiva ha sido reconocido como un derecho humano.

• Este derecho está basado en los tratados internacionales de derechos humanos tales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC, 1976), la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1981) y la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN, 1990).

• En el año 2000 las Naciones Unidas adoptaron la Declaración del Milenio que recoge 8 Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). ODM 3 hasta 6 están directamente vinculados a la salud y los derechos sexuales y reproductivos, mientras que los otros cuatro objetivos se encuentran en estrecha relación con ellos.

• El Protocolo sobre los derechos de la Mujer en Africa fue adoptado en Maputo (Mozambique) en el año 2003. Con la firma del Protocolo, los 41 estados africanos se comprometen a garantizar los derechos de la mujer y a tomar medidas para erradicar las prácticas dañinas para la salud y el bienestar general de la mujer.

• Para dar continuidad a este Protocolo, se adoptó el Plan de Acción de Maputo 2007-2010 durante la sesión especial de la Conferencia de los Ministros de Salud de la Union Africana. Este plan ofrece un marco de orientación continental para la promoción de los derechos relacionados con la sexualidad y la reproducción humana en Africa.

© UNICEF

© USAID

(2)

La política de cooperación belga en el ámbito de SDSR

La política de cooperación belga está basada en 3 principios clave por lo que se refiere a Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos:

Un enfoque basado en los derechos humanos

Un enfoque incluyente y positivo de la sexualidad y de la reproducción humana

El derecho a la salud y a la atención sanitaria para todos.

Para realizar estos principios, se debe tomar en cuenta de manera sistemática la emancipación de las mujeres y la participación de los jóvenes. Por esa razón, es imperativo que SDSR forme parte integral de la política de desarrollo nacional.

Un sistema sanitario nacional integrado debe ser capaz de garantizar servicios SDSR comprehensivos y apropiados. Estos servicios englobarán la prevención, el tratamiento y la asistencia, con inclusión de afecciones tales como las ITS, el sida, la violencia sexual y las practicas dañinas.

La educación, la información y la sensibilización requieren un enfoque multisectorial.

Ambitos de cooperación

La cooperacón belga quiere poner de relieve el tema de Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos por:

la integración de SDSR en el sistema de salud general

la lucha contra la violencia sexual, la explotación sexual, el tráfico de mujeres y de niños y las prácticas dañinas tales como la mutilación genital , los ritos de iniciación sexual y los matrimonios infantiles

el lugar que reserva a SDSR en el contexto de emergencias, conflictos y procesos de pacificación.

BENIN

En Benin, la atención de la cooperación belga al desarrollo por el tema de SDSR está integrado en un programa sectorial que tiene como objetivo el fortalecimiento del sistema de salud a nivel local (distrital), regional y nacional. El mejoramiento de las capacidades de coordinación a nivel distrital contribuye a un enfoque más coherente y comprehensivo del tema de SDSR. Esto, a su vez, fomenta una mejora harmonización de los diferentes programas interrelacionados, tales como los programas que se refieren respectivamente a la salud materna e infantil, la planificación familiar, la mutilación genital, las transfusiones de sangre seguras y al VIH. Dentro de las actividades realizadas se presta una atención específica a la asistencia orientada hacia el paciente y a un enfoque multisectorial.

PERU

En Perú, la cooperación belga al desarrollo apoya la lucha contra la violencia sexual intrafamiliar en Ayacucho. Este programa está coordinado por el Ministerio de la Mujer y del Desarrollo Social. Tiene como objetivo el desarrollo y la introducción de sistemas locales para la prevención de la violencia doméstica y sexual contra mujeres, niños y adolescentes así como el tratamiento de las víctimas. Tomando en cuenta el número cresciente de indicaciones según las cuales las mujeres frecuentemente son víctimas de asesinatos y homicidio, el Ministerio de la Mujer y del Desrrollo Social introdujo un sistema para registrar las mujeres víctimas de violencia y/o de abuso. A nivel regional, el proyecto organizó varias campañas de sensibilización por vía de noticias, publicaciones en la prensa y la participación al programa de televisión ‘Voces para la Paz’.

La colaboración con otros donantes es una prioridad, lo que aumenta el impacto del programa multisectorial en la población.

La situación mundial

Cada año1:

• se mueren aproximadamente 290.000 mujeres durante el embarazo, el parto o en el puerperio. En la Africa subsahariana, solamente el 40% de los partos recibe asistencia obstétrica.

• hay unos 2,7 millones de muertos fetales debido a la mala salud materna o por falta de una asistencia sanitaria de calidad.

• se practican alrededor de 20 millones de abortos inseguros causando la muerte por complicaciones de 47.000 mujeres.

• unas 3 millones de niñas son víctimas de mutilación genital.

• se mueren unas 257.000 mujeres de cáncer cerivcouterino, la mayoría en países pobres que no tienen programas de detección precoz o de tratamiento.

Más de 215 millones de mujeres no tienen acceso a medios modernos de anticoncepción.

ITS

Se estima que, cada año, hay 340 milliones nuevos casos de las cuatro infecciones de transmisión sexual (ITS) más comunes y curables. En la totalidad, 180 milliones de parejas en los países en desarrollo sufren de infertilidad causada por una ITS.

60% de las personas contagiadas con el VIH en la Africa subsahariana es de sexo feminino. Chicas y mujeres corren dos a tres veces más riesgo de ser infectadas por VIH que los hombres.

Cada día, unos 1.000 niños de menos de 15 años son infectados por el VIH.

SDSR: Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos

1 Cifras de 2010 © CTB / BUR / Centro de Salud Cumva

(3)

La política de cooperación belga en el ámbito de SDSR

La política de cooperación belga está basada en 3 principios clave por lo que se refiere a Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos:

Un enfoque basado en los derechos humanos

Un enfoque incluyente y positivo de la sexualidad y de la reproducción humana

El derecho a la salud y a la atención sanitaria para todos.

Para realizar estos principios, se debe tomar en cuenta de manera sistemática la emancipación de las mujeres y la participación de los jóvenes. Por esa razón, es imperativo que SDSR forme parte integral de la política de desarrollo nacional.

Un sistema sanitario nacional integrado debe ser capaz de garantizar servicios SDSR comprehensivos y apropiados. Estos servicios englobarán la prevención, el tratamiento y la asistencia, con inclusión de afecciones tales como las ITS, el sida, la violencia sexual y las practicas dañinas.

La educación, la información y la sensibilización requieren un enfoque multisectorial.

Ambitos de cooperación

La cooperacón belga quiere poner de relieve el tema de Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos por:

la integración de SDSR en el sistema de salud general

la lucha contra la violencia sexual, la explotación sexual, el tráfico de mujeres y de niños y las prácticas dañinas tales como la mutilación genital , los ritos de iniciación sexual y los matrimonios infantiles

el lugar que reserva a SDSR en el contexto de emergencias, conflictos y procesos de pacificación.

BENIN

En Benin, la atención de la cooperación belga al desarrollo por el tema de SDSR está integrado en un programa sectorial que tiene como objetivo el fortalecimiento del sistema de salud a nivel local (distrital), regional y nacional. El mejoramiento de las capacidades de coordinación a nivel distrital contribuye a un enfoque más coherente y comprehensivo del tema de SDSR. Esto, a su vez, fomenta una mejora harmonización de los diferentes programas interrelacionados, tales como los programas que se refieren respectivamente a la salud materna e infantil, la planificación familiar, la mutilación genital, las transfusiones de sangre seguras y al VIH. Dentro de las actividades realizadas se presta una atención específica a la asistencia orientada hacia el paciente y a un enfoque multisectorial.

PERU

En Perú, la cooperación belga al desarrollo apoya la lucha contra la violencia sexual intrafamiliar en Ayacucho. Este programa está coordinado por el Ministerio de la Mujer y del Desarrollo Social. Tiene como objetivo el desarrollo y la introducción de sistemas locales para la prevención de la violencia doméstica y sexual contra mujeres, niños y adolescentes así como el tratamiento de las víctimas. Tomando en cuenta el número cresciente de indicaciones según las cuales las mujeres frecuentemente son víctimas de asesinatos y homicidio, el Ministerio de la Mujer y del Desrrollo Social introdujo un sistema para registrar las mujeres víctimas de violencia y/o de abuso. A nivel regional, el proyecto organizó varias campañas de sensibilización por vía de noticias, publicaciones en la prensa y la participación al programa de televisión ‘Voces para la Paz’.

La colaboración con otros donantes es una prioridad, lo que aumenta el impacto del programa multisectorial en la población.

La situación mundial

Cada año1:

• se mueren aproximadamente 290.000 mujeres durante el embarazo, el parto o en el puerperio. En la Africa subsahariana, solamente el 40% de los partos recibe asistencia obstétrica.

• hay unos 2,7 millones de muertos fetales debido a la mala salud materna o por falta de una asistencia sanitaria de calidad.

• se practican alrededor de 20 millones de abortos inseguros causando la muerte por complicaciones de 47.000 mujeres.

• unas 3 millones de niñas son víctimas de mutilación genital.

• se mueren unas 257.000 mujeres de cáncer cerivcouterino, la mayoría en países pobres que no tienen programas de detección precoz o de tratamiento.

Más de 215 millones de mujeres no tienen acceso a medios modernos de anticoncepción.

ITS

Se estima que, cada año, hay 340 milliones nuevos casos de las cuatro infecciones de transmisión sexual (ITS) más comunes y curables. En la totalidad, 180 milliones de parejas en los países en desarrollo sufren de infertilidad causada por una ITS.

60% de las personas contagiadas con el VIH en la Africa subsahariana es de sexo feminino. Chicas y mujeres corren dos a tres veces más riesgo de ser infectadas por VIH que los hombres.

Cada día, unos 1.000 niños de menos de 15 años son infectados por el VIH.

SDSR: Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos

1 Cifras de 2010 © CTB / BUR / Centro de Salud Cumva

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La política de cooperación belga en el ámbito de SDSR

La política de cooperación belga está basada en 3 principios clave por lo que se refiere a Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos:

Un enfoque basado en los derechos humanos

Un enfoque incluyente y positivo de la sexualidad y de la reproducción humana

El derecho a la salud y a la atención sanitaria para todos.

Para realizar estos principios, se debe tomar en cuenta de manera sistemática la emancipación de las mujeres y la participación de los jóvenes. Por esa razón, es imperativo que SDSR forme parte integral de la política de desarrollo nacional.

Un sistema sanitario nacional integrado debe ser capaz de garantizar servicios SDSR comprehensivos y apropiados. Estos servicios englobarán la prevención, el tratamiento y la asistencia, con inclusión de afecciones tales como las ITS, el sida, la violencia sexual y las practicas dañinas.

La educación, la información y la sensibilización requieren un enfoque multisectorial.

Ambitos de cooperación

La cooperacón belga quiere poner de relieve el tema de Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos por:

la integración de SDSR en el sistema de salud general

la lucha contra la violencia sexual, la explotación sexual, el tráfico de mujeres y de niños y las prácticas dañinas tales como la mutilación genital , los ritos de iniciación sexual y los matrimonios infantiles

el lugar que reserva a SDSR en el contexto de emergencias, conflictos y procesos de pacificación.

BENIN

En Benin, la atención de la cooperación belga al desarrollo por el tema de SDSR está integrado en un programa sectorial que tiene como objetivo el fortalecimiento del sistema de salud a nivel local (distrital), regional y nacional. El mejoramiento de las capacidades de coordinación a nivel distrital contribuye a un enfoque más coherente y comprehensivo del tema de SDSR. Esto, a su vez, fomenta una mejora harmonización de los diferentes programas interrelacionados, tales como los programas que se refieren respectivamente a la salud materna e infantil, la planificación familiar, la mutilación genital, las transfusiones de sangre seguras y al VIH. Dentro de las actividades realizadas se presta una atención específica a la asistencia orientada hacia el paciente y a un enfoque multisectorial.

PERU

En Perú, la cooperación belga al desarrollo apoya la lucha contra la violencia sexual intrafamiliar en Ayacucho. Este programa está coordinado por el Ministerio de la Mujer y del Desarrollo Social. Tiene como objetivo el desarrollo y la introducción de sistemas locales para la prevención de la violencia doméstica y sexual contra mujeres, niños y adolescentes así como el tratamiento de las víctimas. Tomando en cuenta el número cresciente de indicaciones según las cuales las mujeres frecuentemente son víctimas de asesinatos y homicidio, el Ministerio de la Mujer y del Desrrollo Social introdujo un sistema para registrar las mujeres víctimas de violencia y/o de abuso. A nivel regional, el proyecto organizó varias campañas de sensibilización por vía de noticias, publicaciones en la prensa y la participación al programa de televisión ‘Voces para la Paz’.

La colaboración con otros donantes es una prioridad, lo que aumenta el impacto del programa multisectorial en la población.

La situación mundial

Cada año1:

• se mueren aproximadamente 290.000 mujeres durante el embarazo, el parto o en el puerperio. En la Africa subsahariana, solamente el 40% de los partos recibe asistencia obstétrica.

• hay unos 2,7 millones de muertos fetales debido a la mala salud materna o por falta de una asistencia sanitaria de calidad.

• se practican alrededor de 20 millones de abortos inseguros causando la muerte por complicaciones de 47.000 mujeres.

• unas 3 millones de niñas son víctimas de mutilación genital.

• se mueren unas 257.000 mujeres de cáncer cerivcouterino, la mayoría en países pobres que no tienen programas de detección precoz o de tratamiento.

Más de 215 millones de mujeres no tienen acceso a medios modernos de anticoncepción.

ITS

Se estima que, cada año, hay 340 milliones nuevos casos de las cuatro infecciones de transmisión sexual (ITS) más comunes y curables. En la totalidad, 180 milliones de parejas en los países en desarrollo sufren de infertilidad causada por una ITS.

60% de las personas contagiadas con el VIH en la Africa subsahariana es de sexo feminino. Chicas y mujeres corren dos a tres veces más riesgo de ser infectadas por VIH que los hombres.

Cada día, unos 1.000 niños de menos de 15 años son infectados por el VIH.

SDSR: Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos

1 Cifras de 2010 © CTB / BUR / Centro de Salud Cumva

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La política de cooperación belga en el ámbito de SDSR

La política de cooperación belga está basada en 3 principios clave por lo que se refiere a Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos:

Un enfoque basado en los derechos humanos

Un enfoque incluyente y positivo de la sexualidad y de la reproducción humana

El derecho a la salud y a la atención sanitaria para todos.

Para realizar estos principios, se debe tomar en cuenta de manera sistemática la emancipación de las mujeres y la participación de los jóvenes. Por esa razón, es imperativo que SDSR forme parte integral de la política de desarrollo nacional.

Un sistema sanitario nacional integrado debe ser capaz de garantizar servicios SDSR comprehensivos y apropiados. Estos servicios englobarán la prevención, el tratamiento y la asistencia, con inclusión de afecciones tales como las ITS, el sida, la violencia sexual y las practicas dañinas.

La educación, la información y la sensibilización requieren un enfoque multisectorial.

Ambitos de cooperación

La cooperacón belga quiere poner de relieve el tema de Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos por:

la integración de SDSR en el sistema de salud general

la lucha contra la violencia sexual, la explotación sexual, el tráfico de mujeres y de niños y las prácticas dañinas tales como la mutilación genital , los ritos de iniciación sexual y los matrimonios infantiles

el lugar que reserva a SDSR en el contexto de emergencias, conflictos y procesos de pacificación.

BENIN

En Benin, la atención de la cooperación belga al desarrollo por el tema de SDSR está integrado en un programa sectorial que tiene como objetivo el fortalecimiento del sistema de salud a nivel local (distrital), regional y nacional. El mejoramiento de las capacidades de coordinación a nivel distrital contribuye a un enfoque más coherente y comprehensivo del tema de SDSR. Esto, a su vez, fomenta una mejora harmonización de los diferentes programas interrelacionados, tales como los programas que se refieren respectivamente a la salud materna e infantil, la planificación familiar, la mutilación genital, las transfusiones de sangre seguras y al VIH. Dentro de las actividades realizadas se presta una atención específica a la asistencia orientada hacia el paciente y a un enfoque multisectorial.

PERU

En Perú, la cooperación belga al desarrollo apoya la lucha contra la violencia sexual intrafamiliar en Ayacucho. Este programa está coordinado por el Ministerio de la Mujer y del Desarrollo Social. Tiene como objetivo el desarrollo y la introducción de sistemas locales para la prevención de la violencia doméstica y sexual contra mujeres, niños y adolescentes así como el tratamiento de las víctimas. Tomando en cuenta el número cresciente de indicaciones según las cuales las mujeres frecuentemente son víctimas de asesinatos y homicidio, el Ministerio de la Mujer y del Desrrollo Social introdujo un sistema para registrar las mujeres víctimas de violencia y/o de abuso. A nivel regional, el proyecto organizó varias campañas de sensibilización por vía de noticias, publicaciones en la prensa y la participación al programa de televisión ‘Voces para la Paz’.

La colaboración con otros donantes es una prioridad, lo que aumenta el impacto del programa multisectorial en la población.

La situación mundial

Cada año1:

• se mueren aproximadamente 290.000 mujeres durante el embarazo, el parto o en el puerperio. En la Africa subsahariana, solamente el 40% de los partos recibe asistencia obstétrica.

• hay unos 2,7 millones de muertos fetales debido a la mala salud materna o por falta de una asistencia sanitaria de calidad.

• se practican alrededor de 20 millones de abortos inseguros causando la muerte por complicaciones de 47.000 mujeres.

• unas 3 millones de niñas son víctimas de mutilación genital.

• se mueren unas 257.000 mujeres de cáncer cerivcouterino, la mayoría en países pobres que no tienen programas de detección precoz o de tratamiento.

Más de 215 millones de mujeres no tienen acceso a medios modernos de anticoncepción.

ITS

Se estima que, cada año, hay 340 milliones nuevos casos de las cuatro infecciones de transmisión sexual (ITS) más comunes y curables. En la totalidad, 180 milliones de parejas en los países en desarrollo sufren de infertilidad causada por una ITS.

60% de las personas contagiadas con el VIH en la Africa subsahariana es de sexo feminino. Chicas y mujeres corren dos a tres veces más riesgo de ser infectadas por VIH que los hombres.

Cada día, unos 1.000 niños de menos de 15 años son infectados por el VIH.

SDSR: Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos

1 Cifras de 2010 © CTB / BUR / Centro de Salud Cumva

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Definiciones

Salud sexual: un estado de bienestar físico, emocional,mental y social relacionado con la sexualidad que no es meramente la ausencia de enfermedad, disfunción o malestar e incluye un acercamiento positivo y respetuoso hacia la sexualidad y las relaciones sexuales, así como la posibilidad de tener experiencias sexuales seguras y placenteras, libres de coerción, discriminación y violencia (definicion de trabajo OMS).

Salud reproductiva: un estado general de bienestar físico, mental y social, y no de mera ausencia de enfermedades of dolencias, en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo y sus funciones y procesos.

En consecuencia, la salud reproductiva entraña la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos y de procrear, y la libertad para decidir hacerlo o no hacerlo, cuáando y con qué frecuencia (CIPD art. 7.2).

Derechos sexuales: incluyen los derechos de cada persona, independientemente de su orientación sexual y sin coacción, discriminación ni violencia, a:

• alcanzar el nivel más elevado posible de salud en relación con la sexualidad, incluido el acceso a servicios de atención de la salud sexual y reproductiva,

• buscar, recibir e impartir información sobre la sexualidad,

• recibir educación sexual,

• que se respete su integridad física,

• elegir pareja,

• decidir si ser o no sexualmente activa,

• mantener relaciones sexuales de mutuo acuerdo,

• contraer matrimonio de mutuo acuerdo,

• decidir si tener o no hijos y cuándo,

• llevar una vida sexual satisfactoria, segura y placentera.

(definición de trabajo OMS) Derechos reproductivos:

1. El derecho de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre éstos y a disponer de la información y de los medios para ello (CIPD art. 7.3).

2. El derecho de hombres y mujeres de estar informados y tener acceso a métodos de regulación de la fertilidad de su preferencia que sean seguros, eficaces, asequibles y aceptables, y el derecho a acceder a servicios de salud adecuados que permitan a la mujer llevar a término su embarazo y dar a luz de forma segura. (CIPD art. 7.2).

El derecho de la mujer a ser libre y autónoma en sus decisiones sobre su propia sexualidad, incluyendo las decisiones sobre su salud sexual y reproductiva sin sufrir ninguna forma de discriminación, coerción ni violencia (Bejing Plataforma de Acción art. 96).

La Cooperación belga al Desarrollo en el ámbito de la salud sexual y

reproductiva y

los derechos conexos

Folleto elaborado por el Grupo de trabajo SDSR de Be-cause Health.

Servicio Público Federal de Asuntos Exteriores, Comercio Exterior y Cooperación al Desarrollo

Dirección general para la cooperacíon al desarrollo y ayuda humanitaria Rue des Petits Carmes, 15

1000 Bruselas Bélgica Tel. +32 2 501 81 11 www.diplomatie.belgium.be

www.dg-d.be

Editor responsable: Dirk Achten, Rue des Petits Carmes 15 - 1000 Bruselas

Octubre 2012

REINO DE BÉLGICA SERVICIO PÚBLICO FEDERAL DE ASUNTOS EXTERIORES, COMERCIO EXTERIOR Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

Respuesta Internacional

• En la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (Cairo, 1994) y la Conferencia sobre los Derechos de la Mujer (Beijing, 1995), el derecho a la salud sexual y reproductiva ha sido reconocido como un derecho humano.

• Este derecho está basado en los tratados internacionales de derechos humanos tales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC, 1976), la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1981) y la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN, 1990).

• En el año 2000 las Naciones Unidas adoptaron la Declaración del Milenio que recoge 8 Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). ODM 3 hasta 6 están directamente vinculados a la salud y los derechos sexuales y reproductivos, mientras que los otros cuatro objetivos se encuentran en estrecha relación con ellos.

• El Protocolo sobre los derechos de la Mujer en Africa fue adoptado en Maputo (Mozambique) en el año 2003. Con la firma del Protocolo, los 41 estados africanos se comprometen a garantizar los derechos de la mujer y a tomar medidas para erradicar las prácticas dañinas para la salud y el bienestar general de la mujer.

• Para dar continuidad a este Protocolo, se adoptó el Plan de Acción de Maputo 2007-2010 durante la sesión especial de la Conferencia de los Ministros de Salud de la Union Africana. Este plan ofrece un marco de orientación continental para la promoción de los derechos relacionados con la sexualidad y la reproducción humana en Africa.

© UNICEF

© USAID

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Definiciones

Salud sexual: un estado de bienestar físico, emocional,mental y social relacionado con la sexualidad que no es meramente la ausencia de enfermedad, disfunción o malestar e incluye un acercamiento positivo y respetuoso hacia la sexualidad y las relaciones sexuales, así como la posibilidad de tener experiencias sexuales seguras y placenteras, libres de coerción, discriminación y violencia (definicion de trabajo OMS).

Salud reproductiva: un estado general de bienestar físico, mental y social, y no de mera ausencia de enfermedades of dolencias, en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo y sus funciones y procesos.

En consecuencia, la salud reproductiva entraña la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos y de procrear, y la libertad para decidir hacerlo o no hacerlo, cuáando y con qué frecuencia (CIPD art. 7.2).

Derechos sexuales: incluyen los derechos de cada persona, independientemente de su orientación sexual y sin coacción, discriminación ni violencia, a:

• alcanzar el nivel más elevado posible de salud en relación con la sexualidad, incluido el acceso a servicios de atención de la salud sexual y reproductiva,

• buscar, recibir e impartir información sobre la sexualidad,

• recibir educación sexual,

• que se respete su integridad física,

• elegir pareja,

• decidir si ser o no sexualmente activa,

• mantener relaciones sexuales de mutuo acuerdo,

• contraer matrimonio de mutuo acuerdo,

• decidir si tener o no hijos y cuándo,

• llevar una vida sexual satisfactoria, segura y placentera.

(definición de trabajo OMS) Derechos reproductivos:

1. El derecho de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre éstos y a disponer de la información y de los medios para ello (CIPD art. 7.3).

2. El derecho de hombres y mujeres de estar informados y tener acceso a métodos de regulación de la fertilidad de su preferencia que sean seguros, eficaces, asequibles y aceptables, y el derecho a acceder a servicios de salud adecuados que permitan a la mujer llevar a término su embarazo y dar a luz de forma segura. (CIPD art. 7.2).

El derecho de la mujer a ser libre y autónoma en sus decisiones sobre su propia sexualidad, incluyendo las decisiones sobre su salud sexual y reproductiva sin sufrir ninguna forma de discriminación, coerción ni violencia (Bejing Plataforma de Acción art. 96).

La Cooperación belga al Desarrollo en el ámbito de la salud sexual y

reproductiva y

los derechos conexos

Folleto elaborado por el Grupo de trabajo SDSR de Be-cause Health.

Servicio Público Federal de Asuntos Exteriores, Comercio Exterior y Cooperación al Desarrollo

Dirección general para la cooperacíon al desarrollo y ayuda humanitaria Rue des Petits Carmes, 15

1000 Bruselas Bélgica Tel. +32 2 501 81 11 www.diplomatie.belgium.be

www.dg-d.be

Editor responsable: Dirk Achten, Rue des Petits Carmes 15 - 1000 Bruselas

Octubre 2012

REINO DE BÉLGICA SERVICIO PÚBLICO FEDERAL DE ASUNTOS EXTERIORES, COMERCIO EXTERIOR Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

Respuesta Internacional

• En la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (Cairo, 1994) y la Conferencia sobre los Derechos de la Mujer (Beijing, 1995), el derecho a la salud sexual y reproductiva ha sido reconocido como un derecho humano.

• Este derecho está basado en los tratados internacionales de derechos humanos tales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC, 1976), la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1981) y la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN, 1990).

• En el año 2000 las Naciones Unidas adoptaron la Declaración del Milenio que recoge 8 Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). ODM 3 hasta 6 están directamente vinculados a la salud y los derechos sexuales y reproductivos, mientras que los otros cuatro objetivos se encuentran en estrecha relación con ellos.

• El Protocolo sobre los derechos de la Mujer en Africa fue adoptado en Maputo (Mozambique) en el año 2003. Con la firma del Protocolo, los 41 estados africanos se comprometen a garantizar los derechos de la mujer y a tomar medidas para erradicar las prácticas dañinas para la salud y el bienestar general de la mujer.

• Para dar continuidad a este Protocolo, se adoptó el Plan de Acción de Maputo 2007-2010 durante la sesión especial de la Conferencia de los Ministros de Salud de la Union Africana. Este plan ofrece un marco de orientación continental para la promoción de los derechos relacionados con la sexualidad y la reproducción humana en Africa.

© UNICEF

© USAID

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Definiciones

Salud sexual: un estado de bienestar físico, emocional,mental y social relacionado con la sexualidad que no es meramente la ausencia de enfermedad, disfunción o malestar e incluye un acercamiento positivo y respetuoso hacia la sexualidad y las relaciones sexuales, así como la posibilidad de tener experiencias sexuales seguras y placenteras, libres de coerción, discriminación y violencia (definicion de trabajo OMS).

Salud reproductiva: un estado general de bienestar físico, mental y social, y no de mera ausencia de enfermedades of dolencias, en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo y sus funciones y procesos.

En consecuencia, la salud reproductiva entraña la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos y de procrear, y la libertad para decidir hacerlo o no hacerlo, cuáando y con qué frecuencia (CIPD art. 7.2).

Derechos sexuales: incluyen los derechos de cada persona, independientemente de su orientación sexual y sin coacción, discriminación ni violencia, a:

• alcanzar el nivel más elevado posible de salud en relación con la sexualidad, incluido el acceso a servicios de atención de la salud sexual y reproductiva,

• buscar, recibir e impartir información sobre la sexualidad,

• recibir educación sexual,

• que se respete su integridad física,

• elegir pareja,

• decidir si ser o no sexualmente activa,

• mantener relaciones sexuales de mutuo acuerdo,

• contraer matrimonio de mutuo acuerdo,

• decidir si tener o no hijos y cuándo,

• llevar una vida sexual satisfactoria, segura y placentera.

(definición de trabajo OMS) Derechos reproductivos:

1. El derecho de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre éstos y a disponer de la información y de los medios para ello (CIPD art. 7.3).

2. El derecho de hombres y mujeres de estar informados y tener acceso a métodos de regulación de la fertilidad de su preferencia que sean seguros, eficaces, asequibles y aceptables, y el derecho a acceder a servicios de salud adecuados que permitan a la mujer llevar a término su embarazo y dar a luz de forma segura. (CIPD art. 7.2).

El derecho de la mujer a ser libre y autónoma en sus decisiones sobre su propia sexualidad, incluyendo las decisiones sobre su salud sexual y reproductiva sin sufrir ninguna forma de discriminación, coerción ni violencia (Bejing Plataforma de Acción art. 96).

La Cooperación belga al Desarrollo en el ámbito de la salud sexual y

reproductiva y

los derechos conexos

Folleto elaborado por el Grupo de trabajo SDSR de Be-cause Health.

Servicio Público Federal de Asuntos Exteriores, Comercio Exterior y Cooperación al Desarrollo

Dirección general para la cooperacíon al desarrollo y ayuda humanitaria Rue des Petits Carmes, 15

1000 Bruselas Bélgica Tel. +32 2 501 81 11 www.diplomatie.belgium.be

www.dg-d.be

Editor responsable: Dirk Achten, Rue des Petits Carmes 15 - 1000 Bruselas

Octubre 2012

REINO DE BÉLGICA SERVICIO PÚBLICO FEDERAL DE ASUNTOS EXTERIORES, COMERCIO EXTERIOR Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

Respuesta Internacional

• En la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (Cairo, 1994) y la Conferencia sobre los Derechos de la Mujer (Beijing, 1995), el derecho a la salud sexual y reproductiva ha sido reconocido como un derecho humano.

• Este derecho está basado en los tratados internacionales de derechos humanos tales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC, 1976), la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1981) y la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN, 1990).

• En el año 2000 las Naciones Unidas adoptaron la Declaración del Milenio que recoge 8 Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). ODM 3 hasta 6 están directamente vinculados a la salud y los derechos sexuales y reproductivos, mientras que los otros cuatro objetivos se encuentran en estrecha relación con ellos.

• El Protocolo sobre los derechos de la Mujer en Africa fue adoptado en Maputo (Mozambique) en el año 2003. Con la firma del Protocolo, los 41 estados africanos se comprometen a garantizar los derechos de la mujer y a tomar medidas para erradicar las prácticas dañinas para la salud y el bienestar general de la mujer.

• Para dar continuidad a este Protocolo, se adoptó el Plan de Acción de Maputo 2007-2010 durante la sesión especial de la Conferencia de los Ministros de Salud de la Union Africana. Este plan ofrece un marco de orientación continental para la promoción de los derechos relacionados con la sexualidad y la reproducción humana en Africa.

© UNICEF

© USAID

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